ElMinisterio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), informa a los consumidores que cuenten con contratos cuyo cumplimiento se encuentre pendiente, con de las empresas del grupo de interés económico compuesto por: Agencia de Viajes Colón S.A., Sawalka Representaciones S.A., Clubes Colón S.A., Sahara Comercial y Desarrollos Turísticos Colón S.A.; lo siguiente:

  1. Según la sentencia N°2023000293 del Juzgado Concursal del 22 de noviembre del 2023, en cumplimiento al artículo 15.3.3 de la Ley Concursal de Costa Rica, Ley N° 9957, se ha ordenado la apertura del proceso concursal en fase de liquidación.
  2. En la sentencia, el Juzgado Concursal convoca a todos los acreedores, nacionales y extranjeros, así como a terceros afectados, para que en un plazo de 15 días a partir de la publicación que se efectuó el 18 de diciembre en el periódico de circulación nacional La República, se apersonen ante el juzgado para legalizar sus créditos y hacer valer los derechos de los contratos que hayan sido incumplidos por las empresas mencionadas.
  3. En un proceso de quiebra, los consumidores afectados deben presentar sus reclamos ante el tribunal para que se reconozcan oficialmente como deudas válidas, por lo que se hace un llamado a los consumidores afectados para que tomen medidas inmediatas, apersonándose al Juzgado Concursal Circuito Judicial de San José, Edificio Torre Judicial, Octavo Piso, teléfono 2212-0100, correo electrónico: [email protected].
  1. El Juzgado Concursal es la entidad judicial encargada de gestionar el proceso y determinar cómo se distribuirán los activos de la empresa entre los acreedores. La participación de los afectados es esencial para garantizar una distribución equitativa de los activos y proteger sus derechos en este proceso concursal.

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